FD.3.3.4 RED DE VIAS FERREAS ANI
DETERMINANTES DEL ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL – OSPR
HERRAMIENTA DE CONSULTA DE LOS COMPONENTES AMBIENTAL, DE RIESGO Y SECTORIAL
FORMULACIÓN DE PLANES DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL
IMPLEMENTACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD
RURAL
PLANIFICACIÓN DEL ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD RURAL

- Figura Sectorial
- Descripción General
- Información complementaria
- Proyecto de Ley
- Corredores férreos a cargo de la ANI, INVIAS y red privada
- Ámbito
- Determinante
- Requisitos de la figura (restricciones/condiciones) OSPR
- Bien de uso público
- Circular externa 062 del 29 de 2017
- Competencia en la administración
- Normativa general /aplicada a OSPR
- Insumos de información existentes
- Abordaje metodológico para el análisis
- Roles y responsabilidades en el análisis de la figura interior ANT
Vía Férrea
Ámbito nacional en las zonas donde se lleve a cabo contratos de concesiones y otras formas de asociación publico privadas para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de transporte.
Restricción
La circular 62 del 29 de septiembre de 2017 (Superintendencia de Puertos y Transporte), exhorta a las autoridades municipales y departamentales, frente a las medidas de control y protección para impedir y prevenir la invasión del espacio público sobre los corredores férreos a nivel nacional. El marco normativo se base en el artículo 5 del Decreto 640 de 1937, el cual señala el deber de los alcaldes y gobernadores sobre la restitución del espacio público.
Aplicabilidad rutas
Ministerio de Transporte. Define la política y planeación del sector de transporte. Así también la operación del servicio, la regulación económica, regulación técnica, supervisión y control y la investigación de accidentes.
INVIAS.
ANI.
No determinada
GCS_MAGNA
[ADMIN]
[CONCESION]
[TIPO_CONTR]
[CONTRATO]
[CCNARIO]
[COD_PR_IRE]
[ALC_PROY_1]
13/02/2019
Concesiones Férreas: Generar un área de influencia de 20 metros a cada lado de la línea.